Campo Estratégico de Acción en Modelos y Políticas Educativas
del Sistema Universitario Jesuita (CEA-MOPE)
Durante la gestión de Juan Carlos Romero Hicks como director del Conacyt, se avaló que este consejo cubriera el 100% del estímulo a los investigadores nacionales de instituciones particulares de educación superior. Este estímulo fue producto de un convenio que se renovaba por mutuo acuerdo con cierta periodicidad, mediante el que las instituciones particulares y el Conacyt pactaban que la institución dedicaría a proyectos de investigación, el equivalente al monto del dinero que la federación otorgaba como estímulo a sus investigadores nacionales. Como un primer antecedente, es preciso mencionar que, al comparar, en términos proporcionales, el gasto que las instituciones particulares comenzaron a realizar en actividades y proyectos de investigación, no necesariamente es equivalente a la proporción de gasto en investigación vs estímulos otorgados a los investigadores en las universidades públicas.
Es importante aclarar que, en ningún momento, las instituciones particulares o cualquier otra instancia mediaba entre la entrega de los estímulos del Conacyt y el investigador. En otras palabras, no había ningún tipo de intermediación. Así también que los investigadores de instituciones particulares que pretenden pertenecer al Sistema Nacional de Investigadores deben pasar por los mismos procesos de evaluación que cualquier investigador nacional. En este sentido, la institución de adscripción del postulante no es quien realiza la evaluación para otorgar los nombramientos, sino que son pares académicos los que definen el ingreso, la promoción y la permanencia en el sistema.
En este proceso, las instituciones de educación superior particulares han encontrado problemas e impedimentos para la renovación de dichos convenios desde 2019 y, para 2020, de manera sistemática, no han podido renovar los convenios sin que, hasta el día de hoy, haya alguna declaración formal del Conacyt sobre la política de estímulos a los miembros del SNI de instituciones particulares, ni elementos para obstruir la posibilidad de renovar los convenios señalados.
Toda vez que el beneficio del estímulo no tiene ningún tipo de intermediación y que la institución particular no tiene injerencia o beneficio alguno en el proceso de evaluación de los investigadores, la decisión de retirar el estímulo del Conacyt a investigadores de instituciones de educación superior particulares podría ser considerada una afectación directa a los individuos y no a sus instituciones. De tal suerte, este hecho es considerado un acto discriminatorio y autoritario, ya que carece de una explicación o sustento real por parte de la autoridad.
Es importante destacar que el tipo de investigación que se realiza en las universidades del Sistema Universitario Jesuita (SUJ) se caracteriza porque busca “contribuir a transformar las injusticias que impiden el bienestar social y el desarrollo sostenible de México” (Ibero, CDMX, 08 de octubre de 2020). En este sentido, y derivado de su carisma, la investigación que realizan los académicos de las instituciones confiadas a la Compañía de Jesús privilegia, desde hace décadas, los proyectos que atienden y tienen un impacto directo sobre personas y comunidades en situación de vulnerabilidad.
Para dar un ejemplo de la afectación, se puede mostrar el número de beneficiarios que han sido vulnerados en dos de las universidades del SUJ.
NivelUniversidad Iberoamericana, CDMXITESO de GuadalajaraCandidato3323Nivel I7438Nivel II355Nivel III81Total15067
Algunas consecuencias de estas medidas contra los investigadores de instituciones particulares con reconocimiento SNI inician en la afectación al mérito previamente reconocido y acordado por el propio consejo y sus miembros. Al parecer, lo que sigue a la medida es desconocer la productividad de académicos mexicanos que, por el simple hecho de laborar en instituciones particulares, pierden su estímulo. Otra consecuencia es que, al romperse los convenios entre las instituciones particulares y el Conacyt, las primeras tendrán que redefinir los montos asignados a los investigadores y a las diferentes actividades y proyectos de investigación. Esto significa, en la práctica, dañar en cantidad y calidad la investigación y conocimiento generado en las instituciones particulares.
Además de lo anterior, emergen nuevas interrogantes como las implicaciones para el Padrón del Programa Nacional de Posgrados de Calidad (PNPC), pues uno de los más importantes rubros para la pertenencia al mismo es contar con núcleos académicos en los que la mayor proporción de integrantes forme parte del Sistema Nacional de Investigadores (SNI). De tal forma, el incentivo que muchos tenían para cumplir, más allá de los requisitos administrativos, con los requisitos académicos, parece perder valor.
Dado que esta medida, además de intempestiva, carece de explicación a los afectados (los académicos que forman parte del SNI y no sus instituciones), sería deseable que las autoridades brindaran fundamentos para generar, a partir de esta decisión, dos tipos de miembros del Sistema Nacional de Investigadores: los de instituciones públicas y los de instituciones particulares, si bien esto contradice el discurso de la Ley general de educación, el de la Ley general de educación propuesta y el del Programa sectorial de educación para el periodo 2020-2024, que han resaltado la trascendencia de la educación particular llevada a cabo, en buena medida, por investigadores nacionales que laboran en este tipo de instituciones.
Invitamos, finalmente, a esclarecer el posible panorama para aquellos académicos miembros del SNI y de instituciones particulares cuyos convenios no han finalizado y también para la comunidad de investigadores pertenecientes al Padrón que se encuentran adscritos a instituciones públicas.
Referencias
Universidad Iberoamericana, CDMX [@IBERO_mx]. (08 de octubre de 2020). La IBERO mantiene su compromiso con la investigación de calidad https://bit.ly/36K9XM7 [Descripción audiovisual]. Twitter. https://twitter.com/IBERO_mx/status/1314298965874049024?s=20
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